Articulos

Registro de obra inédita en Argentina: cómo depositar tu obra en la DNDA

Autor firmando el sobre con su manuscrito para el registro de obra inédita en la DNDA

El registro de obra inédita es el depósito en custodia que hace la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA) de una obra que todavía no publicaste. Se inicia online por Trámites a Distancia (TAD), la obra se entrega en un sobre cerrado y queda guardada por tres años, renovables. Sirve para demostrar que la obra es tuya y desde cuándo existe.

Abajo tenés qué obras se pueden depositar, los requisitos, el paso a paso y qué hacer cuando vence el plazo o cuando publicás la obra.

¿Qué es una obra inédita y para qué sirve registrarla?

Una obra inédita es una obra terminada que todavía no se publicó ni se dio a conocer al público: un libro que vas a presentar a editoriales, un guion que todavía no se filmó o una serie de fotos que no expusiste.

El derecho de autor nace cuando creás la obra, así que el depósito no es obligatorio. Lo que te da es una constancia oficial con fecha: deja registrado quién es el autor, qué contiene la obra y desde cuándo existe. Si después alguien la copia o se la atribuye, esa constancia y el ejemplar guardado en la DNDA son tu prueba. Esa es la lógica de registrar el derecho de autor como prueba.

Por eso conviene hacerlo antes de mostrar la obra: antes de mandarla a una editorial, a una productora o a un concurso.

¿Qué obras se pueden registrar como obra inédita?

El depósito de obra inédita no musical acepta cualquier tipo de obra que todavía no se publicó, salvo la música y el software, que tienen trámites aparte:

  • Obras literarias: novelas, cuentos, poemas, ensayos, manuscritos de no ficción.
  • Guiones y obras de teatro: guiones de cine, series, radio o teatro, y el formato escrito de un programa.
  • Obras artísticas y fotográficas: dibujos, ilustraciones, historietas, series de fotos.
  • Obras audiovisuales: cortos, pilotos o videos sin publicar.
  • Obras arquitectónicas: planos y proyectos.

Lo que no se registra es la idea. Si pensaste una novela sobre dos hermanas que heredan un hotel, esa idea no queda reservada; lo que se protege es el texto que escribiste. Si tu idea es un invento técnico, la protección pasa por saber cómo patentar una idea.

¿Cómo registrar un cuento, poemas o un guion?

Se registran con el mismo trámite que una novela: el depósito de obra inédita no musical. Podés depositar un cuento solo o un conjunto de cuentos o poemas como una sola obra, con un título que los agrupe. Lo que importa es que el material del sobre sea la versión que querés proteger.

Canciones y software

Las canciones van por el depósito de obra inédita de música y letra. Los programas que todavía no se lanzaron tienen un depósito aparte: antes de presentarlo, revisá cómo se registra un software.

Cómo registrar una obra inédita en la DNDA: paso a paso

El trámite se llama «Depósito de obra inédita – No musical». Se inicia online, pero la obra se entrega en papel o en un soporte físico.

Requisitos para el depósito de obra inédita

  • Clave fiscal o acceso a TAD del autor o del titular.
  • Datos de cada autor y titular: nombre completo, CUIL, CUIT o CDI (o pasaporte si es extranjero), nacionalidad, estado civil, email, teléfono, domicilio y porcentaje de titularidad.
  • Comprobante de pago del arancel al Fondo Cooperador de la DNDA, por depósito o transferencia.
  • Una copia de la obra en cualquier soporte (papel, CD, DVD o pendrive) dentro de un sobre de papel madera tamaño A4 o mayor, cerrado y firmado en los puntos de cierre por al menos un autor o titular.
  • Documentación extra según el caso: si el autor es menor de edad, la que acredita el vínculo con quien hace el trámite; si falleció, el certificado de defunción; si presenta otra persona, el apoderamiento por TAD.

Pasos para registrar la obra inédita

  1. Pagá el arancel. Hacé la transferencia o el depósito y guardá el comprobante, porque lo vas a subir en el trámite.
  2. Iniciá el trámite en TAD. Buscá «Depósito de obra inédita – No musical» y completá los datos de la obra, de los autores y de los titulares.
  3. Subí la documentación. El sistema te asigna un número de expediente electrónico y genera la carátula del expediente.
  4. Prepará el sobre. Poné la copia de la obra en el sobre, cerralo, firmalo en los puntos de cierre y escribí afuera el título de la obra y el nombre de los autores.
  5. Entregá el sobre en la DNDA. Abrochá las carátulas al sobre y presentalo en la sede de la DNDA, enviálo por correo postal o llevalo a una receptoría del interior. No hace falta sacar turno.
  6. Recibí la constancia. Si hay algún error, la DNDA te manda una tarea para corregirlo por TAD. Si está todo bien, recibís la constancia de depósito por TAD.

Los requisitos, el monto vigente y las direcciones de entrega están en la ficha oficial del depósito en custodia de obra inédita no musical. El trámite no queda terminado hasta que la DNDA recibe el sobre.

En las consultas que recibimos, el error más común es el sobre: obras entregadas con una versión vieja o con más material del que se declaró. Revisá que lo que va adentro sea exactamente la versión que querés proteger, porque es lo que la DNDA va a guardar.

¿Tenés una obra lista para proteger? Nuestro equipo arma la documentación, la presenta ante la DNDA y te entrega la constancia del depósito. Registrá tu obra con nosotros →

¿Cuánto dura el depósito y cómo renovarlo?

El depósito de obra inédita dura tres años desde que se otorga la constancia. Se puede renovar por otros tres años, y así sucesivamente, con el trámite de renovación de obra inédita dentro de los 30 días posteriores al vencimiento.

Si no lo renovás, la DNDA puede destruir el material en custodia (Decreto 972/2024). Eso no hace que tu obra pase a ser de dominio público: el derecho de autor sigue siendo tuyo. Lo que perdés es la constancia que respalda la fecha.

¿Qué pasa cuando publicás una obra inédita?

Cuando la obra se publica, deja de ser inédita y corresponde la inscripción como obra publicada, que es un trámite distinto. En el caso de un libro, la inscripción se hace en la DNDA dentro de los 90 días de la publicación y necesita un ISBN. Ese es el trámite para registrar un libro en Argentina.

El depósito de la versión inédita sigue sirviendo como prueba de que la obra existía antes de publicarse.

Preguntas frecuentes sobre el registro de obra inédita

¿Cuánto cuesta registrar una obra inédita?

El depósito tiene un arancel fijo que se paga al Fondo Cooperador de la DNDA antes de iniciar el trámite. El monto se actualiza, así que conviene revisarlo en la ficha oficial antes de pagar.

¿Se puede registrar una obra inédita totalmente online?

No. El trámite se inicia en TAD, pero la obra se entrega en un sobre físico en la DNDA, por correo postal o en una receptoría del interior.

¿Quién puede registrar una obra inédita?

El autor, los coautores o el titular de los derechos. Si el trámite lo hace otra persona, necesita un apoderamiento por TAD. La entrega del sobre la puede hacer cualquier persona.

¿El registro de obra inédita protege una idea?

No. Protege la expresión concreta de la obra: el texto, el guion, las fotos o los dibujos que depositaste. Una idea o un argumento general no quedan reservados.

¿Qué pasa si se vence el depósito y no lo renuevo?

La DNDA puede destruir el ejemplar guardado y perdés esa constancia, pero no los derechos sobre la obra. Si la obra sigue inédita, podés volver a depositarla.

¿Puedo registrar varias obras juntas?

Sí, si las presentás como una sola obra con un título que las agrupe, por ejemplo, un libro de cuentos o una colección de poemas. Si querés que cada una tenga su propia constancia, hay que depositarlas por separado.