Únicamente quien inscribe y registra la marca, es quien puede utilizar el nombre por el término de 10 años en todo el territorio nacional.
Antes de subir un cartel, crear un sitio web, o adquirir un fondo de comercio, asegúrese cuál es la situación de la marca del local gastronómico. Realizamos el trámite de registro de marca de restaurante, local de sushi, pizzería, catering o foodtrucks.
¿Qué puedo registrar y defender legalmente si tengo un restorán?
Se puede defender como propio el nombre, los nombres de los platos, el diseño del local y el menú, la papelería, frases o estética del local. Todo lo que UD. quiera reivindicar como propio y evitar que terceros lo utilicen, debe registrarlo.
El nombre de un restorán o servicio gastronómico debe ser inscripto legalmente para:
Usar legalmente el nombre, colocar un cartel, utilizar un sitio web o dominio web, redes sociales como Facebook y Twitter.
Es importante tener en cuenta que la denominación societaria o nombre de sociedad NO otorga el nombre de marca registrada.
Por citar un ejemplo en gastronomía: Arcos Dorados S.A. explota la marca registrada McDonald’s en Argentina.
Para utilizar un nombre en el comercio es requisito legal tener la marca registrada.
Al registrar la marca en la clase 43 el nomenclador marcario vigente, se monopoliza el uso de la marca para servicios de restauración, lo que incluye restaurante, bar, café, cafetería o servicio de catering. Una modalidad, también incluida desde el 2014, es la denominada «foodtruck», con los camiones o servicios de gastronomía móviles. El auge de esta modalidad, ha llevado a convertir en un término genérico al «foodtruck», el cual ahora debe ser acompañado de un vocablo o denominación fuerte para poder ser registrado como marca.
También puede y debe patentar el diseño arquitectónico de un local si quiere tener UD el monopolio y evitar reclamos de índole legal.