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Registrar una mala palabra o insulto como marca

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¿Se puede registrar una mala palabra o insulto como marca registrada en Argentina?

Nuestra recomendación legal, como abogados de marcas y patentes, es no intentar un registro de marca que contenga un insulto, ya que el registro tiende a rechazar dichos trámites. El sustento de esto, se da por medio de nuestra ley de marcas argentina Nº 22.362, la cual prohíbe el registro de «las palabras, dibujos y demás signos contrarios a la moral y a las buenas costumbres».

Se trata de un concepto difícil de definir, ya que los parámetros de evaluación, dependen del registro de marcas y el análisis de fondo que realizan durante el primer y segundo estudio en cada trámite de registración que se presenta.

Es posible que si usted presentó un trámite para registrar una marca online, conteniendo un insulto o mala palabra, el mismo reciba una vista u observación, con un consecuente rechazo que evite que la marca sea concedida. El rechazo de la marca, se traduce en una resolución denegatoria por parte del registro. Si bien dicha resolución puede ser apelada mediante un recurso, es difícil que el registro de marcas la otorgue a favor del solicitante.

Existen diversidad de opiniones entre lo que es y no es inmoral o contrario a las buenas costumbres. Desde luego que hay conceptos muy concretos, como aquellos que representan la apología de un delito, los términos escandalosos, las burlas a instituciones religiosas, las obscenidades y otros conceptos de claro rechazo social.

No obstante todo lo expuesto, nos encontramos con ejemplos de registro de marcas otorgadas, que escapan a estos preceptos. Un ejemplo es marca «Puta Parió» otorgada por el registro para un comercio o venta online de productos.

En resumen, la ley de marcas Argentina no permite registrar un insulto o «mala palabra» como marca registrada.

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