Registrar un derecho de autor te permite proteger legalmente una obra original, como un libro, una canción, una pintura, un diseño, un software, entre muchas otras creaciones.
Además, el registro funciona como una prueba formal de autoría, algo muy útil si en el futuro surge un conflicto o alguien utiliza tu obra sin permiso.
A continuación, te contamos los pasos generales para registrar un derecho de autor.
Pasos generales para registrar un derecho de autor
1. Confirmar la originalidad
Asegurate de que la obra sea realmente original y que vos seas su autor o autora.
2. Preparar la obra
Reuní el material necesario para el trámite, como:
-
Copias de la obra
-
Datos personales del autor
-
Una descripción clara del contenido
3. Elegir la oficina correspondiente
Cada país cuenta con un organismo específico para registrar derechos de autor. En general, se trata de una entidad estatal o una institución designada oficialmente.
4. Completar el formulario de solicitud
La oficina de registro suele ofrecer un formulario en su sitio web. Allí vas a incluir información sobre:
-
El autor
-
El tipo de obra
-
La fecha de creación
5. Abonar la tasa del trámite
El registro normalmente requiere el pago de un arancel, que varía según el país y el tipo de obra.
6. Presentar la solicitud
Entregás el formulario junto con:
-
La obra
-
La documentación solicitada
-
El comprobante de pago
En muchos casos, el trámite se puede hacer online.
7. Esperar la confirmación
Si todo está correcto, la oficina te entrega un certificado de registro, que acredita legalmente tu autoría.
Registrar derecho de autor en Argentina
En Argentina, el derecho de autor se encuentra regulado por la Ley 11.723, también conocida como Ley de Propiedad Intelectual.
Este derecho protege obras:
-
Literarias
-
Científicas
-
Artísticas
-
Didácticas
-
Tecnológicas (como software)
El organismo encargado del registro es la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA).
Pasos básicos del registro en Argentina
1. Identificar la obra
Definí con claridad qué tipo de obra querés registrar:
-
Libro
-
Canción
-
Obra visual
-
Programa informático
-
Diseño
-
Contenido audiovisual
2. Reunir la documentación necesaria
Vas a necesitar:
-
Un ejemplar de la obra
-
Documento de identidad del autor
-
Documentación de todos los autores, si hay más de uno
-
Declaración jurada de ineditismo, si la obra no fue publicada
3. Completar el formulario
Podés conseguirlo en la DNDA o directamente desde su página web.
4. Pagar las tasas correspondientes
El registro tiene un costo que varía según:
-
El tipo de obra
-
Si es inédita o publicada
El pago se realiza mediante los medios habilitados por la DNDA.
5. Presentar la solicitud
Podés hacerlo:
-
En la sede de la DNDA en Buenos Aires
-
En delegaciones provinciales autorizadas
-
De forma online a través del sitio oficial
6. Obtener el certificado
Una vez aprobado el trámite, recibís el certificado de registro, que acredita la autoría y la protección legal de tu obra.
Consejos adicionales
Consulta un abogado especializado:
Si tienes dudas o deseas asegurar el procedimiento, puede ser útil consultar con un abogado especializado en propiedad intelectual.
onsejos adicionales
Consultá con un especialista
Si querés asegurarte de que todo esté bien presentado o tenés dudas, un abogado especializado en propiedad intelectual puede ayudarte.
Guardá copias y registros
Conservá toda la documentación, comprobantes y comunicaciones relacionadas con el trámite.
¿Qué tipo de obras conviene registrar?
A continuación, te dejamos una lista breve de creaciones que podés y debés registrar para proteger tu trabajo:
-
Libros y textos
-
Canciones y composiciones musicales
-
Obras teatrales
-
Pinturas, ilustraciones y fotografías
-
Videos y contenidos audiovisuales
-
Software y desarrollos digitales
-
Diseños originales
-
Material educativo y cursos

¿Qué obras podés registrar como derecho de autor en Argentina?
En Argentina, la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual define qué tipos de obras pueden recibir protección mediante el derecho de autor.
Gracias a este marco legal, una persona puede registrar una gran variedad de creaciones originales. En otras palabras, no solo se protegen libros o canciones, sino también muchas otras expresiones artísticas, científicas y digitales.
A continuación, te compartimos las principales categorías de obras que pueden registrarse.
Obras literarias
En primer lugar, la ley protege todo tipo de producción escrita. Por ejemplo:
-
Libros
-
Folletos
-
Artículos
-
Ensayos
-
Discursos
-
Conferencias
-
Cualquier otra obra expresada por escrito
Obras científicas
Por otro lado, también pueden registrarse trabajos con contenido académico o técnico, como:
-
Estudios
-
Investigaciones
-
Tesis
-
Publicaciones científicas
Obras artísticas
Además, el derecho de autor protege creaciones plásticas y visuales. Entre ellas se encuentran:
-
Pinturas
-
Dibujos
-
Esculturas
-
Grabados
-
Litografías
-
Fotografías
-
Otras obras de arte visual
Obras musicales
Asimismo, la ley incluye creaciones musicales con o sin letra, tales como:
-
Composiciones
-
Partituras
-
Arreglos musicales
-
Canciones originales
Obras dramáticas y dramático-musicales
También se registran obras destinadas a la escena. Por ejemplo:
-
Piezas teatrales
-
Guiones de cine o televisión
-
Óperas
-
Zarzuelas
-
Obras escénicas en general
Obras cinematográficas y audiovisuales
De la misma manera, pueden registrarse producciones audiovisuales como:
-
Películas
-
Cortometrajes
-
Documentales
-
Series
-
Contenido audiovisual original
Obras coreográficas y pantomímicas
Además, la ley contempla expresiones corporales artísticas, como:
-
Coreografías
-
Actuaciones de pantomima
Incluso si no siempre están fijadas en un soporte material, pueden recibir protección.
Obras de arquitectura
Por supuesto, también se protegen creaciones arquitectónicas, por ejemplo:
-
Planos
-
Maquetas
-
Diseños arquitectónicos originales
Obras de ingeniería, dibujo y diseño gráfico
En esta categoría se incluyen obras técnicas y gráficas, como:
-
Proyectos técnicos
-
Dibujos de ingeniería
-
Planos
-
Diseños gráficos originales
Obras informáticas
Hoy en día, el derecho de autor también cubre creaciones digitales. Entre ellas:
-
Programas de software
-
Aplicaciones
-
Videojuegos
-
Desarrollos informáticos originales
Obras didácticas
Finalmente, la ley permite registrar materiales destinados a la enseñanza, como:
-
Manuales
-
Cursos
-
Material educativo
-
Recursos pedagógicos
Obras publicitarias
Además, la ley también permite registrar creaciones vinculadas al marketing y la comunicación. Esto resulta muy útil para emprendedores y empresas que desarrollan contenido original para promocionar sus productos o servicios.
Por ejemplo, pueden registrarse:
-
Anuncios
-
Esloganes
-
Jingles
-
Campañas creativas
De esta manera, podés proteger legalmente piezas publicitarias que forman parte de la identidad y estrategia de tu marca.
Traducciones, adaptaciones y compilaciones
Por otro lado, la normativa también contempla el registro de obras derivadas, siempre que aporten un trabajo creativo propio.
En este grupo se incluyen:
-
Traducciones originales
-
Adaptaciones de obras
-
Compilaciones, como antologías o bases de datos
En todos los casos, la ley exige que la selección, organización o disposición del contenido constituya una creación original del autor.
Derechos conexos
La protección también incluye los llamados derechos conexos al derecho de autor, que abarcan:
-
Derechos de intérpretes o ejecutantes
-
Productores de fonogramas
-
Organismos de radiodifusión
Un punto clave: la obra debe ser original
Para registrar una obra, es fundamental que:
-
Sea original
-
Esté expresada en un soporte tangible o material
Por ejemplo:
-
Escrita en papel
-
Grabada en un disco
-
Guardada en un archivo digital
Las ideas por sí solas no reciben protección. La ley protege la forma concreta en que esas ideas se expresan.
¿Qué protege el derecho de autor?
Registrar una obra protege dos dimensiones fundamentales:
Derechos morales
Incluyen:
-
El reconocimiento de la autoría
-
El respeto por la integridad de la obra
Derechos patrimoniales
Permiten:
-
Explotar económicamente la obra
-
Autorizar su reproducción, distribución o uso comercial
Protegé tu obra con el respaldo adecuado
Crear una obra original lleva tiempo, esfuerzo y mucho talento. Por eso, registrarla correctamente se vuelve un paso fundamental, ya que te permite resguardar tu trabajo, demostrar tu autoría y, además, evitar usos indebidos por parte de terceros.
En este sentido, el derecho de autor no solo protege tu creación desde lo legal, sino que también te brinda herramientas concretas para aprovecharla comercialmente y, de ese modo, construir un proyecto sólido y sostenible a largo plazo.
Por lo tanto, si querés avanzar con tranquilidad y seguridad, contar con acompañamiento profesional puede marcar una gran diferencia. En Estudio Iacona, acompañamos a autores, emprendedores y empresas desde 1969. A lo largo de estos años, hemos gestionado más de 45 mil registros, y nuestro equipo te asesora paso a paso para que puedas registrar tu obra de forma segura, clara y sin complicaciones.
Contactanos hoy y protegé lo que creaste con el respaldo de especialistas.