Se puede patentar una receta de cocina en Argentina, para obtener la protección legal de la misma.
La finalidad de la inscripción, es defender la creación intelectual de la misma, y evitar copias o plagios. La ley de propiedad intelectual 11.723, alude específicamente a las creaciones intelectuales y con base en ello, es que se registra e inscribe el contenido de la receta, con todas las especificaciones culinarias que la destacan y hacen única.
El derecho de autor sobre la obra (la receta) nace desde el momento en que se inscribe el contenido de la misma. La registración permite obtener el reconocimiento legal a los fines de la prueba que se deba ofrecer en un reclamo legal o juicio por uso indebido del contenido registrado.
Hay que distinguir que este trámite de inscripción y patentamiento de receta, es distinto al registro de marca, que tiene por finalidad defender e inscribir el nombre como marca.
El patentamiento, en este caso, tiene por finalidad, solicitar el amparo legal y reconocimiento de que esa obra (la receta) es propiedad intelectual de quien la creo, y de quien la utiliza, por ejemplo, para la publicación de un libro de recetas. En este último caso, se realizan diversos casos: registro de nombre del libro, protección e inscripción de los derechos de propiedad intelectual.
¿Que documentación es necesaria para patentar una receta en Argentina?
Los datos de la persona (autor o autora) de la misma, y una versión en papel o digital de la misma. Se puede enviar en CD, DVD o por algún sistema en la nube, incluso por correo electrónico. Nosotros nos encargamos, de realizar la presentación y en 24 hs recibe el certificado de presentación de la misma.
Debe enviarnos por email: Nombre completo, DNI, CUIL O CUIT, Estado civil y Domicilio completo.
¿Cómo pago el trámite para patentar una receta en Argentina?
Debe comunicarse con nosotros para detallar el contenido a patentar, y con base en ello podemos especificarle costos y requisitos con relación a la documentación necesaria.
IMPORTANTE: Es fundamental NO DIVULGAR la receta, sin antes registrarla, ya que pierda característica novedosa y se presume -salvo prueba en contrario- que es de dominio público.
Primero registrar – Luego divulgar y utilizarla comercialmente
La validez de la inscripción es de tres años y treinta días, y luego le notificamos la renovación en forma automática.