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La reivindicacion de la marca y el uso indebido

registro ilegal

El uso de la marca no registrada y el registro por parte de un tercero ajeno. ¿Quién tiene derecho al uso? ¿Se puede reclamar judicialmente la titularidad?

Entender la respuesta a esta pregunta básica del derecho marcario, es comprender el espíritu y objeto de la protección de la marca registrada. La ley 22.362 (Ley de Marcas) destaca en su artículo cuarto que «la propiedad de una marca y la exclusividad de uso se obtiene con su registro». Es decir, quien registró la marca, es quien tiene el derecho a uso y reivindicación de la misma.

No obstante, el concepto tiene excepciones. Podemos citar, por ejemplo, una empresa en el mercado que hace uso de su marca durante años y nunca la registro, y por el otro una persona que va y registra esa marca hoy. En dicho ejemplo, es muy posible que la persona que hace «uso de hecho pacífico y sostenido» durante años, obtenga un pronunciamiento judicial favorable para que se decrete la «nulidad» del trámite de esa persona que fue hoy a registrarlo, basado en que esa marca no le pertenece, y si le pertenece al demandante por haberla usado años en el comercio.

De todos, la casuística en marcas puede ser eterna, también los ejemplos, casos y situaciones. Con base en ello, entendemos que el registro de una marca, es camino hacia obtener el derecho sobre la marca que se quiere reivindicar y hacer uso legal para proteger un producto o servicio durante 10 años en todo el territorio Argentino.

¿Qué ocurre cuando una persona utiliza indebidamente una marca que pertenece a un tercero?

Si UD. toma noticia de que una persona utiliza indebidamente su marca, se puede accionar judicialmente. Antes (de internet sobre todo) el uso indebido se manifestaba en:

• Un cartel en Avenida céntrica o Ruta Nacional
• Un anuncio radial o televisivo
• Papelería comercial (folletos, afiches, catálogos)
• Publicaciones en Diarios y Revistas.

 

Hoy el uso indebido se manifiesta en
• Buscadores web
• Redes sociales, fundamentalmente en usuario en instagram,similar o identico.
• Blogs y publicaciones utilizando su nombre, logo o tipografia
• Como palabra clave en Google ads
•  Otros sistemas de publicidad paga.

¿Qué es lo primero que tiene que hacer una persona a la cual le están utilizando la marca en forma indebida?

Se debe asesorar por un especialista en la materia. Los Agentes de marcas somos profesionales dedicados a estas cuestiones. Con una visión amplia del uso de marca. Como abogados, conocemos el alcance de la protección legal y la responsabilidad legal que emerge. Como agentes de marca, profundizamos en los requerimientos de la ley marcaria y las exigencias para obtener un pronunciamiento legal favorable.
Le aconsejamos:

No redactar cartas documento por profesionales que no sean abogados y Agentes de marcas
No contactar personalmente o via email a quien utiliza su marca indebidamente. (Este contacto suyo puede generar que la otra persona se asesore y registre la marca.
No delegar en abogados comunes o improvisados estas cuestiones, que requieren intervención profesional de agentes de la propiedad industrial.

Siempre la prevencion legal es el mejor consejo aqui. En la mayoria de los casos, los emprendedores o comerciantes, dedican grandes esfuerzos para abrir un local, invertir en imagen, papeleria, folleteria, redes sociales, sitio de internet, diseñadores graficos, habilitaciones, personal, material para ser utilizado en el comercio. Todos estos items son fundamentales, pero cual es el activo mas importante y fundacional en un proyecto:  La marca registrada. Es el nombre con un marco legal, con un aval y proteccion de la ley 22.362 por el termino de 10 años en todo el territorio Argentino.

Existen gran cantidad de empresas o comercios que giran en plaza hace años, con renombre, clientela fija y estable, sin haber registrado la marca. Esto conlleva grandes riesgos desde el punto de vista legal.

Si otra persona registró mi marca, indefectiblemente deberé emprender un camino legal para recuperarla. Primero intimando para que la persona ceda la propiedad, y para el caso de que no acepte cederla, se deberà demandar a la persona o empresa para decretar la nulidad de la marca.

Esto genera, tener que erogar grandes sumas de dinero en «Reivindicar la marca como propia». Esto implica el inicio de un juicio que dura entre 2-7 años para explicarle a un juez en lo civil y comercial Federal, que la marca que registrò la otra parte, no le corresponde, y que la misma le debe ser entregada en propiedad a usted.

Inevitable recordar que ni la razon social o societaria, ni el nombre de fantasia que la persona haya elegido, le sirven en principio para reivindicar una marca. Siempre la marca registrada con su titulo de propiedad, es el activo mas importante y la prueba mas fuerte a la hora de demostrar la titular. En definitiva, demostrar que se es dueño de la marca.

El uso legal, «pacifico y sostenido» en el tiempo, como destaca la doctrina legal en derecho marcario, es un elemento de mucha fuerza legal para demostrar o intentar probar que se es el verdadero dueño de una marca. Pero para ello, habra que recorrer un arduo camino legal.

Es por ello, que aconsejamos ampliamente su registracion de manera tempra. Un registro de marca en todas las clases del nomenclador marcario, resuelve en la mayoria de los casos, la posibilidad de un reclamo legal.

Un emprendedor o empresa, tiene que tener como base su marca registrada. Este derecho, es el derecho fundacional del proyecto y constituye el elemento fundamental a la hora de realizar un reclamo, o una reivindicacion de propiedad de la marca.

La titularidad del derecho, otorga al propietario de al marca, a iniciar los reclamos que deba realizar para hacer valer su derecho sobre ese nombre, diseño, tipografia o logotipo.

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El nomenclador marcario detalla y establece todos los productos o servicios que se pueden registrar. Esto es clave, ya que lo que se registra, es lo que efectivamente queda protegido para ser reivindicado como propio.

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